Defiende Gobierno prisión preventiva para extorsión ante la SCJN

Por Ramón Mendoza S

Abelardo Perales Meléndez Consejero Jurídico del Gobierno del Estado de Tamaulipas

Ciudad Victoria, Tam.- Porque el interés general de la sociedad debe estar por encima de los delincuentes, el Gobierno de Tamaulipas busca tipificar con prisión preventiva oficiosa a quien comenta el delito de extorción en todas sus modalidades.

Incluso ya se hicieron las reformas pertinentes al Código Penal estatal, que avala “cárcel preventiva oficiosa” para quienes cometan los delitos de tortura, peculado, robo, extorsión, y atentados a la seguridad de la comunidad.

Sin embargo la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) busca revocar dicha ley. El caso está siendo ventilado ante la Suprema Corte de Justicia, afirmó Abelardo Perales Meléndez, Coordinador General Jurídico del Gobierno Estatal.

“Defendimos que hay un derecho de la sociedad de vivir en paz en tranquilidad y bienestar social y que también hay derechos del inculpado pero que en todo caso la SCJN debe ponderar que derecho debe prevalecer, el derecho de los acusados a no ser privados de su libertad más que en los casos que marca al art, 19 de la Constitución que son violación, homicidio, calificado, secuestro, trata de persona y crimen organizado que permite la prisión preventiva oficiosa” explico.

Lo que denunció la CNDH en el recurso interpuesto ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación, (SCJN), es que los delitos de extorsión y peculado no están considerados de prisión preventiva oficiosa por el artículo 19 de la Constitución federal.

De acuerdo con la Carta Magna federal solo procede prisión preventiva oficiosa en los delitos de delincuencia organizada, homicidio doloso, violación, secuestro, delitos cometidos con medios violentos como armas y explosivos, además de los delitos graves que determine la ley en contra de la seguridad de la nación, el libre desarrollo de la personalidad y de la salud, y la trata de personas.

“Nosotros incluimos la extorción porque somos autónomos y soberanos y ellos mismos pueden defender su derecho a la paz, tranquilidad y que la gente viva con seguridad ya que la extorción se ha convertido en un delito de alta incidencia y nos afecta a todos” aseguro.

Ante ello, el Ombudsman nacional presentó un recurso de inconstitucionalidad exigiendo invalidar esa parte de la reforma en que el Congreso del Estado, a solicitud del Ejecutivo local, incluyó la extorsión en el catálogo de los que merecen prisión preventiva oficiosa.

Al respecto, Perales Meléndez consideró que no obstante de lo que establece la Carta Magna federal, en su opinión los Estados tienen la facultad, en aras de salvaguardar a la sociedad, establecer un Derecho que puede estar en conflicto con otros Derechos.

“De modo que la SCJN va a valorar qué derecho tiene mayor jerarquía en este caso concreto de la extorción, el derecho de los in culpados a no ser privados de su libertad por prisión preventiva oficiosa o el derecho a la sociedad a vivir en paz y en un clima de seguridad, extorción en toda la modalidad, telefónico, cibernético chantaje”.

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