
Agencia PUBCO
Por: Armando Castillo Gutiérrez.
El Consejo General del IETAM aprobó los diseños de la documentación y material electoral a utilizarse con motivo de la Jornada Electoral del 5 de junio de 2022, que incluye 60 modelos de documentación y 10 de materiales electorales, señaló Jose Guadalupe Ramos Charre.
Para la elección dr gobernador del próximo año se contempla la impresión de más de 2 millones setecientas mil boletas, precisó el presidente del Consejo Local del Instituto Electoral de Tamaulipas.
Entre el material aprobado se encuentran las boletas electorales que se habrán de emplear en la próxima jornada constitucional, actas de la jornada electoral, actas de escrutinio y cómputo, tanto para casillas básicas, especiales y extraordinarias.
Además de ello, urnas, cajas especiales para dados marcadores, tinta indeleble, plantilla braille, instructivo para plantilla braille, carteles de resultados, Jonás de incidentes, y además se incluyen materiales que serán utilizados para recibir y enviar las boletas para los residentes en el extranjero que habrán de participar en los próximos comicios.
El árbitro electoral de Tamaulipas también señaló que han quedado establecidos aprobados, los límites de financiamiento privados a quienes en su caso, sean los candidatos de los diferentes partidos políticos o por la vía independiente a la gubernatura de Tamaulipas.
En este sentido dijo que los montos aprobados en el seno del Consejo Local Electoral, corresponden a:
• Limite anual de aportaciones de militantes durante el año 2022: $3,241,793.00
• Limite anual de aportaciones de simpatizantes para el ejercicio 2022: $10,337,943.00
• Limite de las aportaciones del conjunto de precandidatas, precandidatos, candidatas y candidatos durante el año 2022: $10,337,943.00
• Límite individual de aportaciones de simpatizantes, para el ejercicio 2022: $516,897.00
Dijo además que el Acuerdo aprobado señala que la suma del financiamiento privado de los partidos políticos, bajo todas sus modalidades, incluido el autofinanciamiento y rendimientos financieros, en ningún caso podrá ser superior al monto de financiamiento público para el sostenimiento de sus actividades ordinarias permanentes, para sus gastos de campaña y actividades específicas.

